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Publicada la convocatoria de sexenios de investigación PDI 2022.

Categoría: Secciones sindicales - CCOO

Descripción: Publicada la convocatoria de sexenios de investigación PDI 2022

Esperamos que próximamente el Supremo ratifique la demanda que CCOO ya ganó y que reconocía este derecho para todas las figuras del PDI Laboral temporal
En el BOE del 5 de enero de 2023 se publicó la Resolución de 23 de diciembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora, que se podrá solicitar entre el 16 de enero y el 6 de febrero de 2023. Los criterios específicos de evaluación se reflejan en la Resolución de 21 de noviembre de 2022 por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación (BOE 21/12/2022).
La evaluación de la actividad investigadora podrá ser solicitada por:
1. Catedráticos/as de Universidad (CU).
2. Profesores/as Titulares de Universidad (TU).
3. Catedráticos/as de Escuela Universitaria.
4. Profesores/as Titulares de Escuela Universitaria.
5. Profesoras/es de investigación.
6. Investigadoras/es científicas/os.
7. Científicas/os titulares.
8. Si existiera convenio al respecto entre Universidades y ANECA: Profesorado Contratado Doctor (PCD) indefinido e interino y Profesorado Colaborador, así como a cualquier profesor/a o investigador/a que tenga una relación contractual de carácter temporal (Profesorado Ayudante Doctor, Asociado y el personal investigador contratado temporal).
La sentencia del TSJM de 28/04/2020 estimó la demanda de CCOO declarando que todo el PDIL temporal que cumpla con los requisitos temporales (seis años) y de actividad (desarrollo de una actividad investigadora) podrá someter dicha actividad a evaluación. Ante ello, las universidades intentan dilatar en el tiempo su aplicación y recurrieron la sentencia ante el Tribunal Supremo (TS). Pues bien, el TS ha fijado el próximo 25 de enero del 2023 para la votación y fallo de la sentencia. Sin esperar la sentencia, 4 universidades madrileñas (UAM, URJC, UC3M y UAH) reconocen ya este derecho a diversos colectivos (principalmente a PAD) mientras que UCM y UPM se niegan a hacerlo.
También hay que decir que, dependiendo de la universidad, y así figura en las distintas convocatorias, este derecho se limita únicamente al PDIL permanente o se extiende a algunas figuras temporales. Esperemos que el Supremo ponga luz a este asunto que desde CCOO siempre hemos intentado hacer valer en las mesas de negociación y en los tribunales.
Toda la información en el enlace a CCOO Informa nº 6

Fecha Inicio: 23-01-2023

Fecha Fin: 23-02-2023

Universidad de Alcalá

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